¿Qué debemos saber sobre los parques infantiles?

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Los parques infantiles son un espacio de diversión, provistos de una serie de elementos de juego destinados al uso de niños pequeños de diferentes edades, donde estos pasan una cantidad importante de tiempo. Además, también son espacios donde los niños aprenden a socializar y relacionarse con otros niños, a desarrollar e impulsar habilidades como la imaginación, la inteligencia emocional o el desarrollo físico y cognitivo,  por lo que un parque infantil al aire libre es una propuesta más que beneficiosa para la salud física y emocional de los más pequeños. Por todo ello, indudablemente se necesita que los parques sean espacios seguros tanto en su ubicación, distancias, alturas de seguridad, materiales utilizados…, como en sus elementos de juego (columpios, toboganes, balancines, redes tridimensionales, tirolinas, carruseles, mesas de ping pong, ajedrez…), y todo ello, con el fin de evitar accidentes.

Mucho han evolucionado aquellos parques infantiles de nuestra infancia con columpios metálicos y gravilla en el suelo, hasta los actuales parques con columpios o elementos de juego de madera, acero inoxidable y/o materiales sintéticos, así como suelos amortiguadores de caídas con alegres colores.

Estas instalaciones, ya sean públicas (gestionadas por el ayuntamiento) o privadas (comunidades de propietarios, colegios, guarderías, campings, hoteles), deben cumplir con la normativa europea existente en materia de seguridad y acabados de los parques infantiles, que son la UNE-EN 1176 y 1177, las cuales engloban el diseño, la fabricación, la instalación, la inspección, el mantenimiento y la utilización del equipamiento de estas áreas de juego, y que a modo de resumen fijan, entre otros, los siguientes puntos a tener en cuenta:

  • Los titulares de los parques infantiles serán los responsables de su mantenimiento y conservación, debiendo realizar inspecciones y revisiones anuales por técnicos competentes y con una formación acreditada.
  • Los instaladores y fabricantes de elementos de juego serán responsables de que sus productos tengan un marcado CE y estén homologados.
  • La ubicación de la zona de juegos. Las áreas de juego han de estar acotadas, siendo obligatorio que el acceso al parque se encuentre a más de 30 metros de una vía de tráfico rodado. Por ello, en zonas de espacio reducido, donde las vías están colindantes o demasiado cercanas a la zona de juego, habrá que colocarse medios auxiliares para impedir que los menores salgan de esta área. Los elementos más utilizados para tal fin suelen ser elementos prefabricados como un vallado perimetral de madera. Pero también son muy utilizados los elementos de obra, como pueden ser las celosías cerámicas, tal y como nos recuerdan desde Cerámica a mano alzada.
  • La ubicación de los parques infantiles ha de ser en zonas ambientalmente seguras donde se evite, en la medida de lo posible, tanto la contaminación atmosférica como la acústica.
  • El diseño del área de juego debe respetar los espacios, distancias, altura de seguridad y área de seguridad de cada elemento de juego, así mismo se debe prever la protección contra caídas, enganchones, atrapamientos, aristas cortantes, etc.
  • En toda la superficie abarcada por las áreas de juego debe instalarse un pavimento capaz de amortiguar posibles caídas y absorber impactos, teniendo siempre en cuenta la determinación de la altura de caída crítica. El espesor de la superficie impacto vendrá fijado por varios parámetros, dado que no es lo mismo una caída de un menor de tres años que de uno de ocho. Esto se debe a que los equipos de juegos se diseñan para unas edades de uso concretas, siendo su altura de caída mayor o menor en función de los años del usuario.
  • Al menos ha de haber algún elemento de juego especifico y accesible a niños con alguna discapacidad.
  • Deben colocarse dentro del recinto del parque infantil carteles con indicaciones de uso para los usuarios.

¿Qué dice la normativa sobre juguetes infantiles?

Por juguete infantil se entiende cualquier objeto susceptible de ser utilizado por un niño menor de 14 años para jugar sin que pueda representar un peligro para su seguridad o salud. En nuestro país, el Real Decreto 1205/2011, modificado por Ordenes que incorporan la normativa europea sobre la seguridad de los juguetes, establece, entre otras medidas, las normas de seguridad de los juguetes, su comercialización, obligaciones de los fabricantes, de los importadores y de los distribuidores. La marca CE (Conformidad Europea), es una declaración por parte del fabricante del juguete o de sus importadores, por la que declaran que cada uno de sus juguetes en venta en Europa cumple la normativa europea de seguridad, y que han pasado pruebas de conformidad.

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